18/04/2024
11:29 PM

De 16 puntos será la baja de intereses en las tarjetas de crédito

Las reformas beneficiarán a más de 200,000 hondureños endeudados. También prohíben que el cliente caiga en sobreendeudamiento.

Tegucigalpa, Honduras.

Las reformas a la Ley de Tarjetas de Crédito no solo reducirán la tasa de interés aplicable al dinero plástico, sino que disponen de una serie de disposiciones para frenar el sobreendeudamiento de los clientes.

En su propuesta inicial presentada al pleno, la comisión de dictamen recomendó que la tasa de interés para las transacciones con tarjetas de crédito no deberían exceder un 48% para las operaciones en moneda nacional; sin embargo, durante la discusión se modificó ese valor y se fijó un techo máximo del 54%.

Para el cálculo anterior se tomará como referencia la tasa promedio ponderada activa proporcionada por el Banco Central de Honduras (BCH), la cual actualmente es de 20.18%, pero que al multiplicarla por 2.6825, resulta en un 54.08%.

60
Millones de lempiras
Establece la reforma como capital mínimo para todos los emisores de tarjetas de crédito.
Mauricio Oliva, presidente del Congreso Nacional explicó que mediante esta reforma los intereses bajarán de un 69.9%, a un 49% mínimo y un máximo de 54%, tal como quedó dispuesto en la ley.

En ese sentido, toda transacción comercial y financiera por encima de esas tasas de referencia por parte del sistema financiero nacional, prestamistas no bancarios y casas comerciales se considerará como delito de usura.

En el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo en febrero de este año se observa reducir los intereses en al menos 25 puntos porcentuales, pero al final únicamente se logró una disminución de 16 puntos.

Oliva indicó que las reformas permitirán aliviar la problemática de más de 200,000 tarjetahabientes endeudados a nivel nacional.

Walter Romero, diputado y miembro de la Comisión de Dictamen, detalló que esta merma no es la que inicialmente se aspiraba, sin embargo, es una disminución significativa que ayudará a miles de hondureños que tienen problemas de endeudamiento.

824,000
Tarjetas de crédito
Circulan en todo el territorio hondureño, según la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CBNS).
Confirmó que la tasa se reducirá entre 15.9 y 16 puntos porcentuales, si se toma como base la tasa de referencia del mercado que es de 69.9%.

“Es un gran bajón y lo que va hacer es que las tasas caigan y la tasa promedio disminuya a porcentajes de hasta 45 y 48% en promedio, porque ahorita hay tasas de 28, 33 y 69%; es decir, que al bajar el techo más alto, las tasas promedios van a bajar y habrá una competencia que beneficiará a los tarjetahabientes”, dijo.

Por otro lado, dijo que se eliminan todo tipo de penalizaciones al usuario y fundamentalmente prohíbe que el cliente caiga en el sobreendeudamiento al otorgarle únicamente una línea de crédito que no sobrepase cuatro veces su ingreso bruto.

Es decir, que alguien que gana 10,000 lempiras solo podrá recibir un límite de crédito de 40,000 lempiras en todo el sistema financiero.

Prohibiciones

Vigencia de la reforma
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros elaborará en 60 días un reglamento de la reforma e inmediatamente se publicará en La Gaceta para su vigencia.
Por otra parte, la nueva legislación prohíbe a los emisores cargar cuotas de préstamos, financiamientos o extrafinanciamientos de cualquier tipo en las tarjetas de crédito y realizar cargos por rehabilitación debido a incumplimiento de pago, aumentos de la línea de crédito sin consentimiento expreso del usuario y sin mediar un análisis de la capacidad de pago de éste y cobrar nuevos cargos en concepto de comisiones por servicio o incrementar los cargos por comisiones ya pactadas.

Asimismo, se prohíbe a los bancos y emisores ofrecer cualquier producto o servicios financieros a los clientes por medio de mensajes de texto y llamadas telefónicas, sin su previa autorización.

También se eliminaron los cobros adicionales, como los aplicados por no usar la tarjeta al menos tres veces en el mes, así como otras penalidades por cancelación del contrato, emisión, impresión, renovación o vencimiento del plástico.

“Se prohíbe a las instituciones reguladas en esta Ley, imponer a los tarjetahabientes

y a sus garantes la obligación de suscribir documentos adicionales, adenda o anexos donde no se especifique el monto líquido de la obligación real, o que contengan cargos que correspondan a costos por servicios operativos”.

Los bancos deberán notificar cada mes a los clientes sus estados de cuenta y cualquier cambio en la tasa de interés.