Congreso de Honduras fue engañado para aprobar 100 megas
10:20 am - Redacción: redaccion@laprensa.hnMartínez Lozano, gerente de Enee, certificó el acta que no estaba ratificada como exige la Ley.
Honduras
Cuando parecía que la polémica había pasado por su punto más alto en el tema del controversial contrato para la compra de 100 megas a la compañía Westport Finance, se revela una nueva arista del escándalo que traerá más reacciones y, sin duda, acciones.
Información obtenida por diario LA PRENSA prueba que los diputados del Congreso Nacional fueron engañados para someter a discusión y evaluación el contrato para comprar 100 megas –en base a una emergencia energética de 16 años-, porque se les envió el documento sin que éste fuera debidamente aprobado por la Junta Directiva de la Enee (Empresa Nacional de Energía Eléctrica), un requisito que debía cumplir antes de llegar a la cámara legislativa.
Fue Roberto Martínez Lozano, gerente general y Secretario de la Junta Directiva de la Enee, quien firmó la certificación del acta JD-1095-2011 que dio luz verde para que el contrato de los 100 megas fuera enviado al Congreso; el funcionario estampó su firma pese a que no hubo quórum, es decir que el acta no fue aprobada por los cuatro miembros que como mínimo exige la Ley estén de acuerdo para tomar una decisión en esta Junta.
Los hechos
El 17 de noviembre de 2011 los diputados del Congreso Nacional votaron y aprobaron el contrato que autorizó a la Enee para comprar 100 megavatios de energía térmica a la empresa Westport.
Esta era la culminación del proceso que se inició con los Decretos Ejecutivos PCM-051-2011 y PCM-064-2011 emitidos por la Presidencia de la República en Consejo de Ministros en los que se declaró estado de emergencia en la prestación de los servicios de energía eléctrica en la zona occidental del país, en los departamentos de Lempira, Copán, Ocotepeque y Santa Bárbara, y en la zona del Bajo Aguán, departamentos de Colón y Yoro.
Los decretos además instruían y autorizaban a la Enee para contratar los servicios de una empresa que le brindara la energía térmica y a base de gas licuado con la que se resolviera el problema energético.
La negociación con Westport llegó a Consejo de Ministros con la oposición pública de la mayoría de sectores sociales que alzaron sus advertencias a través de los medios de comunicación no oficiales.
Lo que no sabían los diputados al debatir sobre una “emergencia de 16 años” es que ese contrato no había cumplido con los pasos legales para llegar a esa instancia.
Por muchas leyes y reglamentos que se deban consultar, entender por qué ese contrato no debió llegar al Congreso es cuestión de matemática simple, pues se necesitaban al menos cuatro votos a favor en la Junta Directiva de la Enee para que el documento fuera enviado al Poder Legislativo; pero solo obtuvo tres votos.
Cuatro menos uno...
Parece simple y de hecho lo es. El 18 de octubre del 2011 la Junta Directiva de la Enee celebró una sesión ordinaria en la que sus miembros discutieron y votaron para aprobar o desaprobar el acta JD-1095-2011 y así decidir si la Enee procedía a suscribir el contrato 057-2011, el cual se firmaría con la empresa Westport Finance, LLC.
Los miembros de la Junta Directiva presentes ese día en la reunión fueron el ingeniero Adolfo Raquel Quan, quien es vice ministro de la Secretaría Obras Públicas, Transporte y Vivienda, Soptravi. El doctor Darío Roberto Cardona Valle, vice ministro de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, Serna.
También estuvo presente William Chong Wong, ministro de Finanzas, y Roberto Martínez Lozano , gerente general y Secretario de la Junta Directiva de la Enee.
Como representante del Cohep (Consejo Hondureño de la Empresa Privada), estuvo Benjamín Bográn en sustitución de Asterio Reyes, quien no pudo asistir.
En total, hubo cinco miembros directivos en la sesión ordinaria, pero solo cuatro de ellos estaban habilitados para votar si se ratificaba o no el acta JD-1095-2011 para aprobar el contrato de los 100 megas. La razón es que el artículo 11 de la Ley Constitutiva de la Enee, modificado por el Decreto 755, dice en una de sus partes que el gerente de la Enee (en este caso Roberto Martínez Lozano) actuará como secretario de la Junta Directiva, pero especifica que en la sesiones él tendrá voz, pero no voto.
Como ya se dijo, esto significa que en la sesión solo habían cuatro miembros habilitados para votar.
Finalmente la sesión y la votación se realizó, y la suscripción del contrato quedó aprobada según indica la certificación del acta JD-1095-2011 en la cual además se instruye que el contrato sea enviado al Congreso Nacional para ser aprobado por los diputados. Pero hay un problema, pues al final del acta se hace constancia que Benjamín Bográn, representante del Cohep, ejerció su voto en contra de la suscripción del contrato con Westport Finance LLC.
Por lógica, esto significa que si solo habían cuatro miembros habilitados para votar y uno de ellos votó en contra, entonces solo tres miembros votaron a favor del contrato, y con esa cantidad de votos no es suficiente para hacer valer una decisión de la Junta Directiva porque la Ley Constitutiva de la Enee especifica en su artículo 15, también fue modificado por el Decreto 755: “Para que haya quórum en las sesiones ordinarias y extraordinarias se requerirá la comparecencia, al menos de cuatro miembros propietarios o en funciones”.
Hasta ahí todo bien, pero luego el artículo dice: “Las decisiones se tomarán por mayoría de votos, pero en todo caso con cuatro votos favorables, como mínimo”.
Y es aquí donde se incumple lo descrito en la Ley Constitutiva de la Enee, ya que se envió el contrato al Congreso, aunque no obtuvo el mínimo de votos requeridos para dar validez a la decisión de la Junta Directiva.
De esta aprobación irregular da constancia la propia certificación que firmó Roberto Martínez Lozano de la resolución número 04-JD-1095-2011 contenida en el acta JD-1095-2011 en que se aprueba la suscripción del contrato con Westport.
La certificación fue extendida el 22 de diciembre de 2011 y firmada por Roberto Martínez Lozano, secretario de la Junta Directiva de la Enee.
Atando cabos sueltos
Está claro que el contrato fue llevado al Congreso sin cumplir con lo estipulado en la Ley, pero aún hay más documentos que son pruebas irrefutables de esto.
El pasado viernes 27 de enero, Benjamín Bográn, delegado del Cohep en la Junta Directiva de la Enee, envió al gerente Roberto Martínez Lozano, una nota en la que se convoca a la Junta a la sesión ordinaria número JD-1097-2012.
El escrito detalla que el punto dos de la sesión es relativo a: Lectura, discusión y aprobación de varias actas, entre las que se encuentra el acta JD-1095-2011, la cual debía aprobar o rechazar la suscripción del contrato con Westport.
Esto demuestra que el contrato de los 100 megas llegó al Congreso con el falso sello de “aprobado” por la Junta Directiva de la Enee, porque en realidad hasta en el mes de enero pasado, más de dos meses después de que los miembros del Poder Legislativo hicieran su votación, se estaba convocando a la Junta para aprobar el acta que supuestamente ya había sido ratificada desde octubre del 2011.
En la nota que Bográn envió a Martínez Lozano le dice además que se debe enmendar el acta JD-1095-2011 y hacer una en la que se haga constar quiénes votaron a favor y quiénes votaron en contra.
Cuando a finales de enero se le consultó a Martínez Lozano sobre el tema, afirmó que el referido documento fue ratificado por la junta directiva durante una sesión efectuada en octubre de 2011.
Información contraria trascendió el 27 de enero cuando los medios conocieron la agenda que abordaría la junta directiva de la Enee durante la sesión ordinaria número JD-1097-2012.
Contradictoriamente, Martínez Lozano expresó después que las actas no se ratificaron porque el Cohep estuvo algunos días retirado de la junta directiva de la estatal eléctrica; sin embargo, en los documentos obtenidos por LA PRENSA, el Cohep sí estuvo representado por Benjamín Bográn, quien solicitó dejar constancia de su voto en contra.
El acta con esa constancia fue firmada por el propio Martínez Lozano.
Parafraseando al propio presidente Porfirio Lobo, este es otro gol en contra del Ejecutivo y del Congreso Nacional, ambos poderes empecinados en aprobar un millonario contrato pese a la oposición de la mayoría de sectores sociales.
Cláusulas son un “campo minado” para la Enee
Normalmente quien contrata un servicio suele tomar todas las precauciones para no salir perjudicado en caso de que su proveedor no cumpla con su parte, pero en el caso del contrato entre la estatal de energía y la compañía Westport todo resultó al revés. En reiteradas ocasiones es el Estado en que queda expuesto a sanciones, responsabilidades imposibles de cumplir y a otros riesgos.
En el contrato se identifica a la Enee (Empresa Nacional de Energía Eléctrica) como el Arrendatario y a Westport como el Arrendador. En la décimo segunda cláusula del contrato que se refiere a licencias y permisos, se especifica que el Arrendatario (Enee) es responsable de realizar todas las gestiones necesarias para que todos estos permisos (ambientales, autorizaciones de dependencias u organismos competentes estatales o municipales) sean obtenidos de las entidades correspondientes en un periodo no mayor a 60 días después de la fecha en que entre en vigencia en contrato.
Esto quiere decir que la Enee ya está expuesta a ser acusada de violación del contrato por no haber cumplido esta parte ya que en la cláusula 13, inciso B, sobre la resolución del contrato, incumplimiento del arrendador o el arrendatario, se especifica que el incumplimiento de constituir cualquier garantía u otra obligación continúa por un periodo de dos meses luego de la notificación escrita al Arrendador (Westport) de tal incumplimiento, constituye violación.
La cláusula 21, que se refiere a los mecanismos de resarcimiento de las partes en caso de incumplimiento o violación del contrato, dice que ante la ocurrencia de incumplimiento que constituya una violación de contrato, la parte no violadora tendrá derecho a cobrar todos los daños y perjuicios causados por tal incumplimiento. Además si la Enee incumple cuatro meses, Westport podrá suspender su servicio y vender energía a otros compradores.
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